¿Cómo reclamar cláusula suelo?

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Cuando solicitamos una hipoteca, la cláusula suelo se trata del interés mínimo que siempre deberemos pagar, aunque el índice asociado a nuestra hipoteca sea menor. Si consideras que la cláusula suelo incluida en tu contrato es abusiva, seguramente te preguntes cómo reclamar una cláusula suelo. De hecho, multitud de juzgados han considerado que las cláusulas suelos no se incluyeron de forma transparente en el contrato, por lo que las han declarados nulas.

Con el objetivo de aligerar las devoluciones de las cantidades cobradas de más por los bancos en concepto de cláusulas suelo, el Gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 1/2017. En el mismo se presenta una solución extrajudicial para aquellos que deseen reclamar por sus cláusulas suelos abusivas.

¿Cuándo se considera abusiva una cláusula suelo?

El suelo de una hipoteca es una cláusula que establece el interés mínimo a aplicar en una hipoteca variable, el cual se aplicará si el valor determinado es menor a la suma del índice de referencia más el diferencial.

En la época de la crisis, se concedieron multitud de hipotecas con cláusulas suelos habitualmente superiores o del 3%. Cuando el Euribor empezó a bajar, muchas personas que habían contratado una hipoteca debían pagar más que si no existiera ese suelo hipotecario. Por otro lado, muchos bancos incluyeron estas cláusulas sin explicar de forma transparente a los hipotecados las implicaciones de la cláusula suelo de su hipoteca.

De esta forma, aumentaron las denuncias contra las entidades para reclamar el dinero pagado de más. Más adelante, el Tribunal de Justicia de la UE determinó que las personas afectadas podían recuperar el dinero pagado de más desde que se les aplicó esta cláusula.

¿Cómo reclamar cláusula suelo?

Todos los afectados por una cláusula suelo abusiva pueden reclamar a su entidad la devolución de lo pagado de más. Puedes reclamar una cláusula suelo a través de las dos siguientes vías:

  • Vía extrajudicial
  • Vía judicial (Los empresarios o autónomos con una hipoteca para fines comerciales solo podrán reclamar su cláusula suelo a través de la vía judicial)

Lo más recomendable es empezar por el procedimiento extrajudicial gratuito para reclamar determinado en el Real Decreto-ley 1/2017. Recibirás una respuesta por parte de tu banco en el plazo máximo de 3 meses. En el caso de que no estés conforme, puedes replantearte acudir a la vía judicial para reclamar lo que pagaste de más.

Es importante que tengas en cuenta que en ningún momento tu banco se podrá en contacto contigo, ya que deben garantizar que los consumidores puedan conocer su sistema, a través de anuncios en sus sucursales o en sus plataformas web, por ejemplo. Así, deberás ser tú quien comience el proceso si deseas reclamar por tu cláusula suelo.

Vía extrajudicial

Estos son los pasos a seguir para reclamar una cláusula suelo a través del procedimiento extrajudicial gratuito establecido en el Real Decreto-ley 1/2017:

  • Al ser voluntario, el procedimiento se iniciará una vez interpongas una reclamación formal ante el Servicio de Atención al Cliente ante la entidad bancaria que nos aplicó la cláusula suelo.

Cuando el banco reciba la reclamación, puede actuar de dos formas distintas:

  1. Si acepta la reclamación, te enviará el cálculo de la cantidad que considera que te debe devolver más los intereses aplicados sobre lo que pagaste de más.
  2. Si considera que tu reclamación no procede por considerar que tu cláusula suelo no es abusiva, te enviará un comunicado en los que explique los motivos por los que no la es. En este caso no te enviarán ningún cálculo.

Si no quedaste conforme con la respuesta de tu banco, siempre puedes acudir a la vía judicial para reclamar ante los tribunales por tu cláusula suelo. Te lo explicamos a continuación.

Vía judicial

Para reclamar una cláusula suelo mediante la vía judicial, estos son los trámites a seguir:

  • Interponer una denuncia contra el banco ante el juzgado especializado en cláusulas abusivas de tu provincia.
  • Si interpones la demanda con abogado, deberás pagar sus honorarios más una provisión de fondos. No obstante, no deberemos pagar nada por el proceso si el juzgado codena al banco a pagar las costas judiciales.
  • Por otro lado, si decides demandar al banco junto a una asociación de consumidores, deberás pagar tu cuota de socio.

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